A- de 2023
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Roman Delgado Flor Delia·Demandado Hospital Integrado San Juan De Cimitarra Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de San Gil y el Juzgado Primero Civil del Circuito de Cimitarra, Santander.
La controversia entre los citados Despachos fue originada por demanda contra la E.S.E Hospital Integrado San Juan de Cimitarra y el Sindicato Integrasalud, por la cual pretende se declare la invalidez del contrato civil suscrito con el hospital y la invalidez e ilegalidad de los contratos de prestación de servicios con el sindicato, se declare la existencia de un contrato de trabajo con el hospital y se condene al pago de acreencias laborales surgidas de tal relación.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena hizo análisis de lo planteado en Autos 492 de 2021, 292 y 347 de 2022, 949 de 2023 y decidió que con base en las demandas en las que se solicita el reconocimiento de derechos laborales a una Empresa Social del Estado a la cual el demandante le prestó servicios personales en ejecución formal de un contrato sindical, el cual presuntamente se desnaturalizó y habría encubierto una relación laboral con la entidad, serán conocidas por la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo según la regla general de vinculación aplicable a las Empresas Sociales del Estado.
En virtud de lo anterior, remite el expediente al Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de San Gil para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la Juzgado Primero Civil del Circuito de Cimitarra, Santander, y a los sujetos procesales dentro del proceso administrativo correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la especialidad laboral de la jurisdicción ordinaria, y la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en el sentido de DECLARAR que corresponde a esta última conocer la demanda presentada Flor Delia Román Delgado en contra de E.S.E Hospital Integrado San Juan de Cimitarra y del Sindicato de Trabajadores Integrados del Sector Salud - INTEGRASALUD-, de acuerdo a las consideraciones de este auto.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3766 al Juzgado
- Segundo. Administrativo del Circuito Judicial de San Gil para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Cimitarra, Santander, y a los sujetos procesales dentro del proceso administrativo correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.